JUSTICIA COMO CORRECCCIÓN
COMENTARIO
“Derecho le es
inmanente una pretensión de corrección que es, antes que nada, pretensión de
justicia”
Aceptada la
idea de que el la justicia es una
familia de conceptos, verdad es uno de los conceptos mas apegados a la definición
del primer termino y al igual que la verdad es al criterio de valoración
supremo para la corrección de los enunciados acerca de lo que acontece, así
también es la justicia al criterio de valoración supremo para la corrección de
la distribución y compensación. Si alguien sostiene que algo es justo, sostiene
también que es correcto; y si algo es justo y correcto, podemos en palabras del
autor decir que es racional.
El problema que ocupa a Robert
Alexy en este ensayo es el de la racionalidad de la justicia. ¿Se puede
construir un concepto pragmáticamente útil de justicia integrada al Derecho? el
autor sostiene que es posible desde la teoría del discurso. Menciona los dos
extremos clásicos de la teoría moral de los valores que menciona el autor son: El
extremo emotivismo, al estilo de Stevenson, y el extremo objetivismo, al modo de
Scheler. Es aquí donde vincula el
concepto de justicia al concepto de verdad, es fundamentable racionalmente.
Frente al dilema
emotivismo/objetivismo la teoría del discurso ofrece la vía media que es la
correcta. Esta teoría es procedimental y de acuerdo con ella una norma es
correcta, si y solo si puede ser el resultado de un determinado procedimiento,
procedimiento que es el discurso práctico racional. En esencia, se trata de un
procedimiento de argumentación sujeto a
reglas y que toma en cuenta los intereses y necesidades, así como la tradición
y la cultura de todos los comprometidos en el diálogo.
Ahora bien, la institución
característica en la que tienen lugar los aspectos esenciales, materiales y
procedimentales de los implicados en el diálogo, es la Constitución. La
Constitución, dice el autor, se convierte, de este modo, en el primer objeto de
la teoría discursiva de la justicia.
La unión que menciona, se
hace manifiesta entonces en la Constitución de un Estado, puesto que esta es el
signo de las convicciones que resistieron a los argumentos, es decir a la
diferencia y al relativismo de los valores, como resultado de este esfuerzo son
los Derechos fundamentales quienes aglutinan las manifestaciones de la justicia
y donde puede observarse la relación del Derecho con la Moral.
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